Ley Minera 2025: entre la transición energética y la redefinición del papel del Estado en la minería

El Gobierno colombiano radicó ante el Congreso el Proyecto de Ley 282 de 2025, denominado “Ley Minera para la Transición Energética Justa, la Reindustrialización Nacional y la Minería para la Vida”. Esta iniciativa, presentada por el Ministerio de Minas y Energía, busca reformar integralmente el marco normativo del sector minero, articulando objetivos de transición energética, protección ambiental, justicia territorial y participación comunitaria.

Publicado por Greystone Consulting Group Latinoamérica.

Ejes centrales del Proyecto de Ley

El proyecto pretende reemplazar el actual Código de Minas, vigente desde 2001, y establecer una nueva visión de la minería centrada en la sostenibilidad y la soberanía sobre los recursos naturales. Según la Exposición de Motivos, la norma busca “democratizar el acceso a los minerales estratégicos, fortalecer la gestión pública y reducir la concentración de beneficios en pocos actores”, priorizando la función social y ecológica de la actividad minera.

La propuesta tiene tres ejes centrales:

  1. Transición energética justa, mediante el fomento de minerales considerados esenciales para energías limpias y la restricción gradual de actividades de alto impacto ambiental, como la explotación de carbón térmico.
  2. Reindustrialización nacional, con el impulso a encadenamientos productivos y valor agregado local.
  3. Fortalecimiento de la gestión pública minera, que redefine el papel del Estado como actor central en la exploración y explotación de recursos estratégicos.

Si bien la iniciativa busca garantizar un aprovechamiento sostenible de los recursos y un mayor retorno social, también introduce cambios profundos en la estructura institucional y en el equilibrio entre participación estatal y privada, lo que ha generado preocupación en el sector por los riesgos de discrecionalidad y concentración de poder.

Un rediseño estructural del modelo minero

El articulado del proyecto establece que el Estado será el titular exclusivo de la propiedad y gestión de los minerales estratégicos, entre los que se incluyen el cobre, el níquel, el litio, el uranio, el oro y el coltán. De acuerdo con el texto, la exploración y explotación de estos minerales solo podrán ser desarrolladas directamente por empresas estatales, de economía mixta o mediante esquemas de alianzas público-populares.

El artículo 36 define que la participación de terceros privados únicamente será posible “cuando las empresas públicas no puedan adelantar directamente la actividad”, previa autorización del Ministerio de Minas y Energía. Este punto ha sido interpretado por diversos actores como una restricción significativa a la iniciativa privada, al subordinar su participación a la capacidad operativa del Estado.

Además, el proyecto amplía las zonas de exclusión minera, incorporando territorios de especial importancia ecológica, zonas de recarga hídrica y áreas donde existan conflictos sociales o ambientales no resueltos. Si bien estas disposiciones refuerzan el principio de precaución ambiental, también podrían limitar el desarrollo de nuevos proyectos, especialmente en regiones donde la minería formal es motor de empleo y regalías.

Otro cambio sustantivo es la creación de la Empresa Nacional Minera (ENAMI), que asumirá el rol de operador público estratégico, con facultades para asociarse, comercializar minerales y gestionar contratos. La ENAMI será el principal vehículo para canalizar la participación estatal directa en la actividad extractiva, y su gobernanza dependerá en gran medida de las políticas definidas por el Ejecutivo.

En materia de gobernanza territorial, la ley propone un modelo de participación ciudadana vinculante en las decisiones sobre otorgamiento de títulos y licencias. Los municipios y comunidades tendrán voz en la delimitación de áreas mineras, en coherencia con los principios de ordenamiento territorial y consulta previa. Aunque esta medida fortalece la legitimidad social, también introduce incertidumbre sobre los tiempos de aprobación de proyectos y la seguridad jurídica de las inversiones.

Retos de implementación y riesgos regulatorios

El Proyecto de Ley 282 de 2025 redefine la relación entre Estado, empresas y comunidades, proponiendo un equilibrio entre sostenibilidad ambiental, justicia social y eficiencia económica. No obstante, su implementación presenta retos significativos en al menos tres frentes.

En primer lugar, la transición hacia un modelo de minería pública o mixta requiere capacidades técnicas, financieras y operativas que el Estado aún no ha consolidado. La creación de nuevas entidades y el rediseño institucional implican riesgos de sobrecarga administrativa y duplicidad de funciones.

En segundo lugar, la reducción de la participación privada podría disminuir el flujo de inversión extranjera directa y ralentizar la exploración, afectando la generación de empleo y regalías en regiones dependientes de la minería. El texto oficial no establece mecanismos claros de compensación para inversionistas ni estrategias de transición para los proyectos en curso.

Finalmente, la discrecionalidad administrativa otorgada al Ministerio para definir zonas de explotación, criterios de selección y modalidades de asociación plantea riesgos de seguridad jurídica. Si bien el proyecto busca reforzar la soberanía estatal sobre los recursos, la falta de reglas objetivas y previsibles puede derivar en litigios o reclamaciones internacionales por afectación a derechos adquiridos.

En este contexto, Greystone Consulting Group acompaña a las empresas del sector extractivo, entidades territoriales e inversionistas en la evaluación de los riesgos regulatorios, contractuales y reputacionales derivados de la nueva Ley Minera. A través de análisis jurídico y económico especializado, ofrecemos herramientas para anticipar escenarios, diseñar estrategias de cumplimiento y fortalecer los mecanismos de gobernanza interna frente a los nuevos requerimientos normativos.

Greystone también asesora en procesos de debida diligencia regulatoria, revisión de contratos y estructuración de alianzas público-privadas bajo el marco propuesto por la ley, contribuyendo a que las organizaciones puedan adaptarse a un entorno en transformación.

 

Greystone Consulting Group Latam

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