Contratación estatal y desarrollo empresarial: alcances del proyecto que amplía la participación de MIPYME

Fue radicado en la Cámara de Representantes el Proyecto de Ley No. 376 de 2025, titulado “Por medio del cual se modifica el artículo 12 de la Ley 1150 de 2007 con el fin de garantizar la aplicación de la limitación a MIPYME en contratos sin erogación presupuestal directa”. La iniciativa, presentada por la congresista Olga Lucía Velásquez Nieto, busca fortalecer el acceso de las micro, pequeñas y medianas empresas a la contratación estatal, extendiendo el trato preferencial existente a situaciones en las que no se ejecutan recursos públicos de manera directa, como ocurre en algunas alianzas, concesiones o esquemas asociativos.

Publicado por Greystone Consulting Group Latinoamérica.

La propuesta parte de un diagnóstico ampliamente reconocido: pese a que las MIPYME representan más del 90% del tejido empresarial y son un motor esencial de empleo, su participación en la contratación pública continúa siendo limitada. Aunque la legislación ya prevé mecanismos de apoyo, estos se han circunscrito principalmente a procesos en los que existe erogación de recursos públicos. El proyecto busca cerrar esa brecha, asegurando que la preferencia hacia MIPYME también sea aplicable en contratos donde la contraprestación no se expresa como gasto presupuestal, pero sí produce valor económico, como administración de bienes, operación de infraestructura o prestación de servicios en especie.

Al tratarse de una ley ordinaria, el trámite legislativo será reglamentado posteriormente, y no involucra revisión automática de constitucionalidad. Sin embargo, desde su formulación se anticipa un debate técnico y político acerca de sus impactos en la eficiencia del gasto, la competencia en los mercados públicos y el equilibrio entre promoción empresarial y neutralidad en los procesos de selección.

Mecanismos de implementación y ajustes institucionales previstos

La modificación del Artículo 12 de la Ley 1150 de 2007 implicaría que los pliegos de condiciones, términos de referencia y procesos de selección incorporen criterios diferenciados para facilitar la participación de MIPYME aun en escenarios sin ejecución presupuestal directa. Esto requerirá ajustes normativos complementarios por parte del Gobierno Nacional, que deberá definir con precisión qué se entiende por contratos sin erogación presupuestal directa, cómo se verifican las condiciones de las empresas y qué procedimientos se adaptan en los diferentes tipos de selección.

Desde el punto de vista operativo, esto podría traducirse en nuevas guías de contratación, formatos para acreditación empresarial, posibles esquemas de transición y herramientas de seguimiento para entidades que contratan en todos los niveles territoriales. También se prevé una articulación con sistemas de información como el SECOP, lo que permitiría identificar con mayor detalle la participación real de las MIPYME en contratos de distinta naturaleza.

Estos cambios, aunque graduales, podrían reconfigurar dinámicas de competencia, especialmente en sectores donde tradicionalmente han predominado empresas medianas y grandes, o donde la complejidad técnica de los contratos ha limitado el acceso de empresas pequeñas.

Impactos y riesgos sectoriales: entre inclusión económica y eficiencia administrative

La ampliación del trato preferencial hacia las MIPYME tiene un impacto potencial en la redistribución de oportunidades económicas, especialmente en regiones con encadenamientos productivos locales. Para muchas pequeñas empresas, este cambio podría representar una puerta de entrada real al mercado público, con posibilidades de consolidar trayectoria contractual, profesionalización y crecimiento sostenido.

Sin embargo, la reforma también plantea retos. La mayor participación de MIPYME podría incrementar los costos administrativos y transaccionales para las entidades contratantes si los procesos de evaluación, acompañamiento o supervisión requieren esfuerzos adicionales. Además, si no se asegura una verificación rigurosa de la capacidad técnica y financiera, existe el riesgo de afectar la calidad, continuidad o eficiencia de la prestación de servicios públicos.

En paralelo, para las empresas grandes o medianas con presencia consolidada en contratación estatal, la modificación puede reconfigurar estrategias competitivas, especialmente en contratos donde el margen de negociación o las condiciones operativas son sensibles a cambios en el perfil de los oferentes.

En términos constitucionales, la discusión central girará alrededor del principio de igualdad. La medida deberá demostrar que el trato preferencial no implica privilegio arbitrario, sino un mecanismo de corrección de desigualdades estructurales, alineado con la jurisprudencia sobre acciones afirmativas.

Greystone Consulting Group contribuye a que sus aliados se anticipen a los cambios del marco de contratación, fortaleciendo su sostenibilidad y posicionamiento en el mercado público. Podemos acompañar a entidades públicas y privadas en la interpretación jurídica del proyecto, el mapeo de impactos en los modelos de licitación y la adaptación de estrategias de participación en contratación estatal.

Asimismo, Greystone puede apoyar a MIPYME y grandes empresas en la evaluación de requisitos futuros, el fortalecimiento de capacidades competitivas y la adecuación de procesos internos a nuevos criterios de selección. Con un enfoque preventivo, técnico y de gestión de riesgos.

Greystone Consulting Group Latam

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