Transacciones internacionales de electricidad: ¿qué cambia en 2026?

Análisis técnico del proyecto normativo que redefine las transacciones internacionales de electricidad con Ecuador, su alcance regulatorio y sus implicaciones para el mercado eléctrico colombiano.
Publicado por Greystone Consulting Group Latinoamérica.
Las transacciones internacionales de electricidad son el eje de la resolución publicada por el Ministerio de Minas y Energía el 22 de enero de 2026. La iniciativa establece criterios excepcionales para autorizar exportaciones de energía eléctrica hacia Ecuador.
El proyecto se fundamenta en la necesidad de priorizar la atención de la demanda interna. También busca preservar las reservas estratégicas de generación, especialmente en escenarios de estrés hidrológico. La medida se enmarca en las competencias del Gobierno nacional para intervenir el mercado energético cuando existan riesgos para el abastecimiento.
La propuesta normativa define que las exportaciones solo podrán realizarse cuando exista excedente comprobado de energía. Además, condiciona dichas transacciones a evaluaciones técnicas previas realizadas por las entidades del sector. Estas evaluaciones consideran disponibilidad de generación, niveles de embalses y condiciones operativas del sistema.
El documento reconoce la interconexión eléctrica regional como un instrumento de cooperación energética. Sin embargo, aclara que esta no puede comprometer la seguridad energética nacional. En ese sentido, las transacciones internacionales de electricidad dejan de ser automáticas y pasan a estar sujetas a criterios de excepcionalidad y control.
El Ministerio enfatiza la necesidad de actuar con enfoque preventivo, evitando impactos sobre tarifas, continuidad del servicio y estabilidad del mercado mayorista. Sin embargo, es importante destacar que la resolución se enmarca en una cadena de acciones entre los gobiernos de Ecuador y Colombia, iniciada el pasado 21 de enero, con la imposición de 30% de aranceles por parte del gobierno ecuatoriano a Colombia.

Implicaciones y sectores impactados
El proyecto introduce cambios relevantes para los agentes que participan en transacciones internacionales de electricidad. Los generadores, comercializadores y operadores del sistema deberán ajustar sus estrategias de operación y planeación.
Para los generadores, la medida limita la posibilidad de exportar energía en condiciones de de capacidad interna comprometida. Esto puede afectar ingresos esperados asociados a mercados externos. También exige una mayor coordinación con las autoridades sectoriales antes de comprometer capacidad de generación.
Los comercializadores y operadores de interconexión enfrentarán mayores exigencias regulatorias. La autorización previa se convierte en un requisito central para cualquier transacción internacional. Esto incrementa la carga administrativa y refuerza el rol del control estatal.
Desde una perspectiva institucional, el proyecto fortalece la capacidad del Estado para intervenir el mercado eléctrico. Se refuerza el principio de soberanía energética frente a compromisos comerciales regionales. Este enfoque puede generar tensiones con socios energéticos, pero reduce riesgos sistémicos internos.
El impacto también alcanza a los usuarios finales. Al priorizar el abastecimiento nacional, la norma busca mitigar riesgos de racionamiento y volatilidad tarifaria. La estabilidad del sistema se convierte en el criterio rector de las decisiones regulatorias.
Finalmente, las transacciones internacionales de electricidad quedan vinculadas a variables técnicas y coyunturales. Esto introduce un mayor grado de incertidumbre regulatoria para proyectos de integración energética regional.
Llamado a la acción y enfoque estratégico
Las modificaciones en las transacciones internacionales de electricidad han traído diversas consecuencias. El Ministro de Ambiente ecuatoriano aseguró que, en condiciones normales de operación, el sistema de Ecuador puede cubrir la demanda diaria de energía. Sin embargo, de acuerdo con el Ministerio de Minas y Energías de Colombia, para el 28 de enero de 2026, la suspensión de la venta de energía eléctrica al país ecuatoriano ya ha generado sobrecostos diarios para Ecuador que redondean los dos millones de dólares.
En ese sentido, los actores del sector energético deben anticiparse a este nuevo marco regulatorio. Resulta clave revisar contratos, esquemas de exportación y modelos financieros asociados a mercados internacionales. La gestión del riesgo regulatorio adquiere un rol central.
Desde Greystone Consulting Group, se recomienda fortalecer los análisis de escenarios hidrológicos y de disponibilidad de generación. También es necesario ajustar los procesos internos de cumplimiento normativo y relacionamiento institucional. La trazabilidad de decisiones operativas será fundamental ante eventuales revisiones regulatorias.
Greystone acompaña a empresas del sector energético en el análisis regulatorio, la evaluación de impactos operativos y financieros y el diseño de estrategias de adaptación normativa. Nuestro portafolio integra consultoría estratégica, gestión institucional y análisis de riesgos regulatorios. Esto permite a nuestros clientes tomar decisiones informadas y sostenibles frente a cambios en las transacciones internacionales de electricidad y en el entorno energético regional.
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